{"id":286,"date":"2009-08-13T17:31:00","date_gmt":"2009-08-13T15:31:00","guid":{"rendered":"http:\/\/www.salvatorianos.org\/blog\/familiasalvatoriana\/?p=286"},"modified":"2009-08-13T17:31:00","modified_gmt":"2009-08-13T15:31:00","slug":"la-ensenanza-en-venezuela","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.salvatorianos.org\/blog\/familiasalvatoriana\/la-ensenanza-en-venezuela\/","title":{"rendered":"La ense\u00f1anza en Venezuela"},"content":{"rendered":"<p><strong>LA ENSE\u00d1ANZA RELIGIOSA EN LAS ESCUELAS,<\/strong>un inmenso bien y un derecho adquirido<\/p>\n<p>Mensaje del Cardenal  Jorge Urosa Savino, Arzobispo de Caracas, en uni\u00f3n con los Se\u00f1ores Obispos Auxiliares<\/p>\n<p>A los venerables sacerdotes, a los di\u00e1conos, religiosos y religiosas, y a todos los fieles cat\u00f3licos de la Arquidi\u00f3cesis de Caracas: \u00a1Salud y paz en el Se\u00f1or!<\/p>\n<p>1. Recientemente  ha sido presentada para su discusi\u00f3n en la Asamblea Nacional una nueva propuesta de Ley de Educaci\u00f3n, distinta al proyecto aprobado en primera discusi\u00f3n en el a\u00f1o 2001, con planteamientos muy controversiales, y en la que no se contempla la ense\u00f1anza religiosa en las escuelas. Ante este hecho, sin entrar en otros aspectos conflictivos de la propuesta, y dado que la dimensi\u00f3n trascendente y religiosa es un elemento fundamental de la persona humana, queremos subrayar algunos puntos de suma importancia.<!--more--><\/p>\n<p>2. El art\u00edculo 6 de la propuesta dice textualmente: \u201cEl Estado mantendr\u00e1 en toda circunstancia su car\u00e1cter laico en materia educativa, preservando su independencia respecto a todas las corrientes y organismos religiosos. Las familias tienen el derecho y la responsabilidad de la educaci\u00f3n religiosa de sus hijos e hijas de acuerdo a sus convicciones y en conformidad con la libertad religiosa y de culto, prevista constitucionalmente\u201d<\/p>\n<p>3. La propuesta omite expresamente lo contemplado en el art\u00edculo 50 de la actual Ley Org\u00e1nica de Educaci\u00f3n, el cual permite que se imparta educaci\u00f3n religiosa en  las escuelas p\u00fablicas de educaci\u00f3n b\u00e1sica a los alumnos cuyos padres as\u00ed lo soliciten. Adem\u00e1s, calificados personeros del Gobierno han manifestado en varias ocasiones su determinaci\u00f3n de eliminar la ense\u00f1anza religiosa en las escuelas. De todo lo dicho se desprende que la educaci\u00f3n religiosa escolar quedar\u00eda fuera de todas las escuelas, tanto p\u00fablicas como privadas, est\u00e9n dirigidas o no por instituciones vinculadas a la Iglesia cat\u00f3lica o a otras instituciones religiosas. <\/p>\n<p>4. Ante este peligro es preciso hacer algunas consideraciones:  El hecho de que el Estado venezolano  sea \u201claico\u201d, es decir, no confesional, pues no impone o promueve ninguna religi\u00f3n en particular, es algo positivo, y permite la pr\u00e1ctica de la libertad religiosa y la libertad de culto. Pero esto no justifica que el Estado omita su obligaci\u00f3n de permitir y posibilitar el ejercicio de los derechos de los ciudadanos, entre otros, los derechos religiosos. El Estado debe permitir y hacer posible la ense\u00f1anza religiosa en las escuelas. Esto no va contra la \u201claicidad del Estado\u201d, y no violenta los derechos de nadie, sino que posibilita el ejercicio del derecho a la ense\u00f1anza religiosa escolar a los alumnos de cualquier religi\u00f3n. <\/p>\n<p>5. Por otra parte, el art\u00edculo 59 de la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica Bolivariana de Venezuela consagra ese derecho al establecer que: \u201cEl padre y la madre tienen el derecho a que sus hijos o hijas reciban la educaci\u00f3n religiosa de acuerdo con sus convicciones\u201d. La posibilidad de ejercer ese derecho queda mermada al omitir  lo contemplado acertadamente en el art\u00edculo 50 de la Ley Org\u00e1nica de educaci\u00f3n vigente. Adem\u00e1s, la religi\u00f3n ha sido ense\u00f1ada en las escuelas p\u00fablicas de Venezuela desde tiempo inmemorial, y forma parte de nuestra identidad nacional. De manera que la ense\u00f1anza religiosa escolar es un derecho adquirido, y de acuerdo a la progresividad de los derechos que postula la actual Constituci\u00f3n en su art\u00edculo 19, no puede eliminarse.<\/p>\n<p>6. La ense\u00f1anza de la religi\u00f3n es muy beneficiosa para la poblaci\u00f3n, pues, fortalece la pr\u00e1ctica de una conducta moral fraterna y solidaria. Recordemos la ense\u00f1anza del Libertador: \u201cLa Moral sin la Religi\u00f3n carece de su fundamento\u201d. Una educaci\u00f3n integral, que responda a todas las exigencias del ser humano, no puede excluir el aspecto trascendente y religioso de las personas. La educaci\u00f3n religiosa escolar tiene que ver con los derechos de las familias, con la concepci\u00f3n trascendental y religiosa de la gran mayor\u00eda de los venezolanos, y con los beneficios de la formaci\u00f3n religiosa de los ciudadanos.<\/p>\n<p>7.  Por todo lo dicho, pedimos formalmente a la Asamblea Nacional que incluya la posibilidad de impartir la educaci\u00f3n religiosa en el curr\u00edculo y en el horario escolar de acuerdo a las convicciones de los padres o madres de los alumnos de Educaci\u00f3n B\u00e1sica. As\u00ed  se respetar\u00e1n los derechos adquiridos de los alumnos a ser educados en la religi\u00f3n  de sus padres, y  los derechos de la Iglesia a continuar la ense\u00f1anza religiosa, impartida desde tiempo inmemorial en las escuelas de educaci\u00f3n primaria, tanto p\u00fablicas como privadas.<\/p>\n<p>8. Igualmente, dada la naturaleza, la gravedad e importancia de la educaci\u00f3n para todo el pa\u00eds, pedimos formalmente a la Asamblea Nacional que difiera para la segunda quincena de septiembre la discusi\u00f3n de esa nueva propuesta de ley, a fin de promover la adecuada participaci\u00f3n de los diversos actores del hecho educativo, y se pueda lograr el necesario consenso sobre algo tan importante como la educaci\u00f3n.<\/p>\n<p>9. Queridos hermanos: Dios es importante para Venezuela. \u00a1No se puede sacar a Dios de las escuelas! Ante la seria posibilidad de que la educaci\u00f3n religiosa sea eliminada del horario escolar en todas las escuelas, tanto p\u00fablicas como privadas, tambi\u00e9n las  de instituciones de la Iglesia, es preciso que tomemos conciencia de la necesidad e importancia de la ense\u00f1anza religiosa en el horario escolar. De manera democr\u00e1tica y pac\u00edfica defendamos nuestros derechos religiosos y exijamos que se mantenga la normativa legal que actualmente los protege. El conocimiento y la ense\u00f1anza de nuestra fe es una grav\u00edsima obligaci\u00f3n y un derecho fundamental de los cat\u00f3licos, de cada familia, y de toda la comunidad eclesial. Tomemos conciencia de ello, cumplamos nuestros deberes, y defendamos nuestros derechos.<\/p>\n<p>10. Invocamos sobre todos ustedes la protecci\u00f3n maternal de la Stma. Virgen de Coromoto, madre del Divino Maestro, Nuestro Se\u00f1or Jesucristo. Con nuestra bendici\u00f3n episcopal,<\/p>\n<p>Caracas, 11 de agosto de 2009<br \/>\n                                                                                 Cardenal Jorge Urosa Savino, Arzobispo de Caracas;<br \/>\n                                                                              Mons. Sa\u00fal Figueroa Albornoz, Mons Luis Tineo Rivera;<br \/>\n        Mons. Jes\u00fas Gonz\u00e1lez  de Z\u00e1rate, Obispos Auxiliares;<br \/>\n       Mons. Fernando Castro Aguayo, Obispo Auxiliar electo.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>LA ENSE\u00d1ANZA RELIGIOSA EN LAS ESCUELAS,un inmenso bien y un derecho adquirido Mensaje del Cardenal Jorge Urosa Savino, Arzobispo de Caracas, en uni\u00f3n con los Se\u00f1ores Obispos Auxiliares A los venerables sacerdotes, a los di\u00e1conos, religiosos y religiosas, y a todos los fieles cat\u00f3licos de la Arquidi\u00f3cesis de Caracas: \u00a1Salud y paz en el Se\u00f1or! &bull;  <a class=\"read-more\" href=\"https:\/\/www.salvatorianos.org\/blog\/familiasalvatoriana\/la-ensenanza-en-venezuela\/\"> Leer m\u00e1s &raquo;<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[10],"tags":[],"class_list":["post-286","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-amigos-de-venezuela"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.salvatorianos.org\/blog\/familiasalvatoriana\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/286","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.salvatorianos.org\/blog\/familiasalvatoriana\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.salvatorianos.org\/blog\/familiasalvatoriana\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.salvatorianos.org\/blog\/familiasalvatoriana\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.salvatorianos.org\/blog\/familiasalvatoriana\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=286"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.salvatorianos.org\/blog\/familiasalvatoriana\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/286\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":287,"href":"https:\/\/www.salvatorianos.org\/blog\/familiasalvatoriana\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/286\/revisions\/287"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.salvatorianos.org\/blog\/familiasalvatoriana\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=286"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.salvatorianos.org\/blog\/familiasalvatoriana\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=286"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.salvatorianos.org\/blog\/familiasalvatoriana\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=286"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}